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Protocolo de vigilancia epidemiológica en Establecimientos educacionales 2023

Junto con saludar, y esperando que todos se encuentren muy bien, informo que la SEREMI de Salud, ha hecho entrega de la Actualización del Protocolo de vigilancia epidemiológica en Establecimientos educacionales 2023, documento completo publicado en nuestra página web donde se detalla un flujograma de monitoreo (página 9) y se orienta sobre cómo gestionar los casos según su estado (página 10 y 11).

En este marco, destacamos lo siguiente:

  • La SEREMI de Salud es quien realiza la investigación en terreno de los brotes priorizados y de los posibles brotes o conglomerados, evalúan los riesgos e indican las medidas de control para cortar la cadena de transmisión. No son decisiones que toma el Establecimiento educacional.
  • Cuando la SEREMI decide realizar una búsqueda activa de casos (BAC), establece las siguientes consideraciones:

La SEREMI de Salud es quien realiza la investigación en terreno de los brotes priorizados y de los posibles brotes o conglomerados, evalúan los riesgos e indican las medidas de control para cortar la cadena de transmisión. No son decisiones que toma el Establecimiento educacional.
– Cuando la SEREMI decide realizar una búsqueda activa de casos (BAC), establece las siguientes consideraciones:

i. La SEREMI de Salud evaluará la procedencia de la BAC y a quienes incorporará, de acuerdo a las características del brote en el EE y las condiciones existentes.

ii. Frente a múltiples EE con brotes, se podrá utilizar los criterios del Anexo 3.

iii. El EE deberá gestionar la autorización del apoderado, tutor legal y/o de los padres que ejerzan la patria potestad mediante la suscripción del consentimiento informado que se adjunta en el Anexo 2 (fijando un plazo perentorio para manifestarse, vencido el cual se proceda a menos que hubiese denegado su voluntad). Una vez suscrito, el referido documento tendrá una vigencia de un año. En el caso de los estudiantes mayores de 14 años bastará con la entrega de su consentimiento verbal al momento de la BAC“. Finalmente, no se requerirá la manifestación de voluntad cuando la falta de aplicación de la BAC suponga un riesgo para la salud pública.

Ley N* 21.509, de 2022, Que autoriza la toma de examen PCR desde los 14 años, sin el consentimiento de sus progenitores o de quien ostente el cuidado personal y/o patria potestad, en el contexto del programa de búsqueda de casos activos de COVID-19 y; la ley N” 20.584, de 2012, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

  • La vacuna bivalente es un refuerzo para proteger a las personas contra el Covid-19. Su nombre hace referencia a que contiene dos antígenos que son capaces de entregar anticuerpos tanto para la cepa original como para su variante Ómicron.
  • Lamentablemente solo el 27.24% de la población objetivo se ha vacunado con la vacuna bivalente. Por estos motivos, les invitamos a asistir a vacunarse 

En el INSUCO nos seguimos cuidando!